Tasa de estadía en la ciudad de Vicenza (spagnolo)
Actualizado a: 04/03/2022

La tasa de estadía se debe pagar hasta el 31 de diciembre de 2021, mientras que del 1 de enero de 2022 al 30 de abril de 2022 se deja de aplicar por una resolución del Consejo Municipal n.º 84 del 15/12/2021 en vista de que continúa la emergencia del Covid-19 y con el fin de apoyar la reanudación del sector turístico/hotelero.
El Decreto Legislativo italiano 19/05/2020, n.º 34, convertido en la Ley 20/07/2020, n.º 77, ha modificado la cualificación del gestor de las instalaciones de alojamiento, estableciendo, en el art. 180, que «el gestor de las instalaciones de alojamiento es responsable del pago del impuesto turístico... con derecho de recurso sobre los sujetos pasivos», es decir, los huéspedes que pernoctan en las instalaciones.
A partir de esta modificación se producen cambios sustanciales en materia penal, civil y administrativo-tributaria. Además, el gestor está obligado a presentar por vía telemática hasta el 30 de junio del año siguiente una declaración anual en función de las instrucciones que se suministrarán por decreto ministerial.
Todo ello sin perjuicio de otras obligaciones previstas en la Ley y en el Reglamento Municipal.
El gestor, como responsable del pago, está obligado a pagar al municipio el impuesto turístico independientemente del pago de los huéspedes: por tanto, ya no es pertinente cualquier negativa del huésped a pagar el impuesto.
El gestor de las instalaciones de alojamiento, por tanto, actúa como responsable del impuesto, quedando el mismo obligado al pago con posible recurso sobre los sujetos pasivos, es decir, sobre quienes pernoctan en las instalaciones gestionadas.
Para qué sirve la tasa
La tasa sirve para financiar intervenciones en materia de turismo, incluidas aquellas en favor de las estructuras de acogida, mantenimiento, disfrute y recuperación del patrimonio cultural y medioambiental local, así como los servicios públicos locales.
A quién concierne la tasa
Están obligados a pagar la tasa de estadía las personas no residentes en el municipio de Vicenza que se hospedan en las estructuras de acogida, así como en los inmuebles destinados al alquiler breve en virtud del art. 4 del Decreto Legislativo italiano 24/04/2017 n.º 50, convertido en la Ley 21/06/2017, n.º 96, ubicados en el territorio municipal, hasta un máximo de 5 noches, por persona/por mes.
La tasa de estadía se determina por persona y por noche y es proporcionada a las características y a los servicios ofrecidos por las estructuras de acogida, así como al consiguiente valor económico/precio de la estancia. Por lo tanto, el uso de un día está excluido de la tasa de estadía.
Ejemplo práctico: si un par de clientes se hospeda en una estructura en una habitación doble a un precio superior a los 25 euros, cada uno de ellos tendrá que pagar 2 euros al día por un máximo de 5 días aunque no sean consecutivos; esto porque la tasa se determina por persona y por noche (tal como prevé el artículo 5, apartado 2 del reglamento municipal) y es proporcionada singularmente a cada categoría de precio de la habitación.
Quién está exonerado de la tasa
Están exonerados del pago de la tasa:
- los menores hasta cumplir los 14 años de edad;
- los enfermos que reciben tratamientos en estructuras sanitarias en el territorio municipal y los que asisten a pacientes ingresados en estructuras sanitarias, con un acompañante por paciente;
- conductores de autocares, acompañantes y/o guías que prestan asistencia a grupos organizados por operadores turísticos;
- miembros de las fuerzas del orden, policía local y bomberos que se hospedan por necesidades del servicio;
- religiosos en casas de acogida religiosas;
- personas con discapacidades no autosuficientes y su acompañante.
La exoneración está condicionada a la presentación de una autocertificación por solicitante, que indique la justificación de la solicitud, al gestor de la estructura de acogida.
Cuánto se paga
Por resolución del Consejo Municipal n.º 84 del 15/12/2021, se confirman las tarifas de las tasas de estadía existentes.
En campings, hostales e internados dirigidos por religiosos: tasa fija de 0,50 euros por persona y por noche.
En estructuras de acogida extra-hoteleras como habitaciones de huéspedes, cuartos, pensiones, residencias arrendamientos breves, y otras estructuras: 2 euros por persona y por noche.
Para los grupos organizados compuestos por más de 20 personas que pagan, la tasa de estadía deberá diferenciarse en dos categorías:
- primera categoría: tasa de 0,50 euros por persona y por noche (en habitaciones con precio hasta 25 euros por persona);
- segunda categoría: tasa de 1 euro por persona y por noche (en habitaciones con precio de 25,01 euros a 55* euros).
* Si el precio supera los 55 euros por persona y por noche, se aplicará la tasa prevista para los clientes individuales.
Para los clientes individuales en las estructuras hoteleras, el importe de la tasa es de:
- 1 euro por persona (por noche en habitaciones con precio hasta 15 euros por persona y por noche);
- 1,50 euros por persona (por noche en habitaciones con precio de 15,01 euros a 25 euros por persona y por noche);
- 2 euros por persona (por noche en habitaciones con precio de 25,01 euros a 70 euros por persona y por noche);
- 2,50 euros por persona (por noche en habitaciones con precio de 70,01 euros a 130 euros por persona y por noche);
- 3 euros por persona (por noche en habitaciones con precio superior a 130 euros por persona y por noche).
Cómo se paga
La tasa debe pagarse directamente al gestor de la estructura en la que el cliente se ha alojado, junto con el pago del importe previsto por la estancia.
Legislación
- Imposta di soggiorno modifica tariffe delibera n.5 anno 2017 di giunta comunale
- Imposta di soggiorno modifica del regolamento delibera n.1 anno 2017 di consiglio comunale
- Verbale di deliberazione della Giunta Comunale n. 64 del 15.04.2014 avente per oggetto " Imposta di Soggiorno - modifica della misura dell'imposta"
- Verbale di deliberazione del Consiglio Comunale n. 16 del 30.04.2014 avente per oggetto "modifica del regolamento per l'applicazione dell'imposta di soggiorno nella città di Vicenza"
- Delibera numero 18 del consiglio comunale 12 maggio 2015
- Decreto legislativo n. 23 del 14.03.2011, art.4 - imposta di soggiorno
- Verbale di deliberazione del Consiglio comunale n.14 del 29.03.2012 avente per oggetto "Istituzione dell’imposta di soggiorno ed approvazione del relativo regolamento"
- Regolamento per l’applicazione dell’imposta di soggiorno nella città di Vicenza
- Verbale di deliberazione della Giunta comunale n. 86 del 05.04.2012 avente per oggetto "Approvazione delle modalità di applicazione della misura dell’imposta"
Dónde y cuándo
Sector de impuestos
Palazzo ex Coreco
Dirección: Contra' San Marco 26 (ingresso da contra' Chioare)
Teléfono: 0444222351 e 0444222349
Email: impostasoggiorno@comune.vicenza.it
Horario de apertura al público:
solo por cita telefónica
- martes y jueves de 8.30 a 12.30
- los miércoles de 8.30 a 12.30 solo con cita
Formularios y documentos
- Autocertificazione per esenzione versamento imposta soggiorno (Formato: RTF, PDF)
- Vocabolario tributario (Formato: RTF, PDF)
- Guida alla compilazione Modello 21 (Formato: PDF)
- Conto della gestione dell'agente contabile - Modello 21 allegato D.P.R. n. 194/1996 (Formato: RTF, PDF)